El Consejo de Ministros consuma el cambio de las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifican las reglas de explotación del trasvase Tajo Segura. El acuerdo permitirá "una gestión más ordenada y estable del sistema del acueducto, con ventajas tanto para las cuencas cedentes como las receptoras", indicaron fuentes del Gobierno de España...

Entrepeñas La ruta del agua del trasvase (Foto Trasvase TajoSegura)

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifican las reglas de explotación del trasvase Tajo Segura. A partir de su entrada en vigor, tras su publicación en el BOE, el acuerdo permitirá "una gestión más ordenada y estable del sistema del acueducto, con ventajas tanto para las cuencas cedentes como las receptoras", indicaron fuentes del Gobierno de España.

El nuevo mecanismo responde a las recomendaciones científico-técnicas del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (Cedex), y ha sido refrendado por la Comisión Central de Explotación del Trasvase y el pleno del Consejo Nacional del Agua. El Consejo de Ministros ha aprobado asimismo una actualización de las tarifas de aprovechamiento del trasvase, de acuerdo a su carácter bienal establecido por la legislación vigente.

Los nuevos umbrales para la cesión de caudales "atienden a un principio fundamental de equilibrio entre el agua disponible en los embalses de cabecera del Tajo y la estabilidad de los suministros hacia las cuencas beneficiarias del trasvase", apunta el Ejecutivo de Pedro Sánchez. 

"Se trata de minimizar el riesgo de que el trasvase entre en situación de excepcionalidad hídrica y, en consecuencia, tenga que interrumpirse el aporte de caudales aguas abajo, como ha sucedido con frecuencia en los últimos años a medida que se agravan los efectos del cambio climático sobre el régimen de lluvias en nuestro país". añaden las fuentes gubernamentales.

Las aportaciones medias del trasvase han ido cayendo de manera sostenida desde la década de los 80 y en los últimos años la cabecera del Tajo se ha encontrado casi la mitad del tiempo en situación hidrológica excepcional, "lo que hace imposible realizar los envíos de agua", argumenta el Gobierno. 

"En 2017 el grifo del trasvase permaneció cerrado durante once meses seguidos por falta de caudal suficiente", señalaron desde el Gobierno central, que considera que "esto no se corresponde con el espíritu de la norma, que aboga por una explotación regular y estable de esta infraestructura".

CUATRO NIVELES


Según el Real Decreto, la cantidad mensual de hm3 trasvasables se establecerá en función de las existencias conjuntas de los embalses de Entrepeñas y Buendía a comienzos de cada mes, con un máximo anual total de 650 hm3 en cada año hidrológico (600 hm3 para el segura y 50 hm3 para el Guadiana) y de acuerdo con cuatro niveles que quedan establecidos en los siguientes parámetros:

Nivel 1: cuando las existencias sean iguales o mayores que 1.300 hm3 o cuando las aportaciones conjuntas entrantes a estos embalses en los últimos doce meses sean iguales o mayores que 1.400 hm3. En este caso el órgano competente autorizará un trasvase mensual de 60 hm3, hasta el máximo anual.

Nivel 2: cuando las existencias conjuntas sean inferiores a los 1.300 hm3 (sin llegar a los volúmenes del nivel 3) y las aportaciones de los doce meses previos no lleguen a los 1.400 hm3. En ese caso, la Comisión Central de Explotación del ATS autorizará un desembalse mensual de 27 hm3.

Nivel 3: si el agua almacenada en ambos embalses de cabecera no supera a comienzos de cada mes los valores (en hm3) de la siguiente tabla:

OctNovDicEneFebMarAbrMayJunJulAgoSep
613609605602597591586645673688661631

En este nivel, considerado de 'situación hidrológica excepcional', el órgano rector podrá autorizar discrecionalmente y de forma motivada una transferencia de hasta 20 hm3/mes.

Nivel 4: cuando la cantidad de agua embalsada sea inferior a 400 hm3, en cuyo caso no habrá cesión alguna.

La principal modificación de la regla afecta al nivel 2, que hasta ahora fijaba en 38 hm3/mes el posible aporte de agua desde la cabecera del Tajo cuando se dieran las condiciones establecidas. 

A partir de ahora, el desembalse será de 27 hm3/m, "lo que conllevará una mayor estabilidad al sistema y beneficios para todas las cuencas afectadas. La cedente, porque los embalses de Entrepeñas y Buendía dispondrán durante más tiempo de mayor volumen de agua almacenada, y las receptoras porque al racionar el agua que reciben mensualmente podrán mantener el flujo constante durante más tiempo sin interrupciones", justifica el Gobierno.

"O lo que es lo mismo, recibirán menos agua al mes, pero un mayor número de meses que en la actualidad, de manera automática y siempre que se den las condiciones reguladas en el trasvase, lo que permitirá una mejor planificación para los usos de riego y otros", añade.

RdP Consejo MInistros (Foto Borja Puig de la Bellacasa Pool Moncloa)

PRECEDENTES


No es la primera vez que cambian las reglas del ATS desde que fueron aprobadas las primeras, en 1997. En 2014, el entonces Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente modificó todos los parámetros de la regla original, excepto el volumen de trasvase mensual en nivel 2, que se mantuvo en 38 hm3 a pesar del criterio en contra de los técnicos, partidarios de limitarlo a 30 hm3.

El acuerdo aprobado ahora "busca adaptar una infraestructura crítica para el abastecimiento de tres millones de personas en Castilla-La Mancha, Murcia y Albacete a la realidad ineludible del cambio climático, de la alteración de los patrones de lluvias y, en suma, de una menor disponibilidad de agua".

Para contrarrestar este escenario, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico "trabaja en el diseño de alternativas, duplicando la capacidad de generar agua desalada para usos agrícolas, la interconexión del sistema de desaladoras en una red conjunta de todo el Levante con mayor capacidad operativa, y un plan de apoyo a las energías renovables para rebajar el precio del agua desalada".