El Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, ha autorizado que los 41 municipios de la Región con población inferior a 50.000 habitantes puedan solicitar asumir la tramitación ambiental en el desarrollo de las actuaciones proyectadas en su término municipal con el fin de agilizar los plazos, tal y como ya hacen los ayuntamientos de Murcia, Cartagena, Lorca y Molina de Segura.
De este modo, los ayuntamientos, mediante convenio voluntario, podrán ejercer de órgano ambiental y gestionar de manera directa los procedimientos de evaluación ambiental estratégica de planes, programas o proyectos en los que les corresponda íntegramente el desarrollo, aprobación y adaptación.
El convenio posibilita el ejercicio por parte de los municipios de las competencias propias del órgano ambiental, garantizando los principios constitucionales de eficacia y eficiencia en la gestión de expedientes medioambientales que afecten a su territorio, contribuyendo a la realización del principio de autonomía local consagrado en el artículo 140 de la Constitución Española.
Ello es posible gracias al convenio de colaboración, en virtud de los artículos 85.2 y 102.2 de la Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada, y el artículo 27 de la Ley 7/1985/, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, indicaron fuentes del Ejecutivo autonómico.