El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado sendas órdenes por las que se definen las condiciones de los seguros de explotaciones de frutos secos, nísperos y otros frutales y de explotaciones olivareras, comprendidos en el Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Son tres publicaciones aprobadas el pasado 27 de julio por el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, y anunciadas este miércoles.
En estas se definen "los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios" de los seguros a solicitar.
Entre otros requisitos, establecen las condiciones de los cultivos y los sistemas de producción, los tipos de parcelas que reciben cobertura, los periodos de garantía y la documentación que se debe aportar.
Las órdenes se realizan en conformidad con la Ley 87/1978 de seguros agrarios combinados, con el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que la desarrolla, con el 41º Plan de Seguros Agrarios Combinados, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de noviembre de 2019, y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).