Agricultura publica las condiciones para asegurar los cultivos industriales

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado en el BOE dos normativas en las que se recogen las condiciones para asegurar los cultivos industriales no textiles y los textiles a partir del 1 de febrero...

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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) publicó al pasado este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) dos normativas en las que se recogen las condiciones para asegurar los cultivos industriales no textiles y los textiles a partir del 1 de febrero.

Entre los no textiles, en la Orden APA/9/2022 figuran los cultivos de adormidera, alcaparra, aloe vera, anís, azafrán, caña de azúcar, espliego, lavanda, lavandín, lúpulo, mejorana, menta, mimbre, orégano, quinua, regaliz, romero, salvia, tomillo, el resto de plantas aromáticas, culinarias y medicinales en suelo.

También la remolacha azucarera y el tabaco de las variedades virginia, burley E o procesable, burley fermentado, havana y kentucky.

Entre los cultivos industriales textiles, la Orden APA/10/2022 incluye las distintas variedades de algodón, cáñamo textil y lino textil.