El TJUE dictamina que el decreto húngaro que fija algunos precios agrícolas es contrario al Derecho de la UE

Anillo y explanada (Foto Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE)
photo_camera Anillo y explanada (Foto Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE)
Anillo y explanada (Foto Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE)
Anillo y explanada (Foto Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este jueves que la normativa húngara que imponía a un distribuidor la obligación de poner a la venta ciertos productos agrarios a un precio determinado y en una cantidad prestablecida es contraria al Derecho de la UE.

La corte con sede en Luxemburgo responde así a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal General de Szeged, en Hungría, tras un recuso contra la controvertida normativa por un distribuidor. 

Vigente hasta el 31 de julio de 2023, esta normativa impedía, sin una justificación adecuada, que los distribuidores fijasen libremente los precios y las cantidades ofrecidas a la venta de esos productos atendiendo a consideraciones económicas.

El caso analizado por el tribunal de Luxemburgo se remonta a febrero de 2022 cuando, en el contexto de la pandemia de la covid 19, Hungría reguló mediante un decreto gubernamental la comercialización de seis productos básicos (ciertos tipos de azúcar, harina de trigo, aceite de girasol, carne de porcino y de aves de corral, y leche). 

A esa lista se añadieron los huevos y las patatas a partir de noviembre de 2022, debido a la guerra en Ucrania.

En mayo de 2023 las autoridades húngaras impusieron una multa al distribuidor SPAR Magyarország al comprobar que, en uno de sus puntos de venta, no se había atenido a las cantidades diarias en existencias de cinco de los productos contemplados en el decreto. 

SPAR interpuso recurso ante el Tribunal General de Szeged, en Hungría, en el que solicitaba la anulación de la resolución. 

Al albergar dudas acerca de la compatibilidad del decreto gubernamental con el Reglamento OCM (de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios) y, en particular, con el principio de libre determinación de los precios de venta de los productos agrarios sobre la base de la libre competencia, ese tribunal de Szeged preguntó al Tribunal de Justicia de la UE al respecto.

En su dictamen de hoy, el Tribunal de Justicia de la UE considera que el decreto gubernamental vulnera la libre competencia, un componente esencial del citado reglamento.

La normativa europea subraya que la obligación de poner a la venta productos agrarios a precios autorizados y en cantidades determinadas impide a los distribuidores fijar libremente sus precios de venta y las cantidades que desean vender sobre la base de consideraciones económicas.

Además, la corte europea considera que las medidas decretadas por Hungría no son "proporcionadas" con el objetivo, aducido por las autoridades de Budapest, de combatir la inflación y de proteger a los consumidores desfavorecidos mediante el suministro garantizado de alimentos básicos a precios asequibles. 

Según el tribunal, el menoscabo del libre acceso de los distribuidores al mercado en condiciones de competencia efectiva y las perturbaciones en el conjunto de la cadena de suministro causadas por los precios autorizados impuestos a dichos distribuidores van más allá de lo necesario para alcanzar los objetivos perseguidos por el decreto.

En estas circunstancias, el Tribunal de Justicia declara que el decreto gubernamental húngaro, incluido su régimen sancionador, es contrario al Reglamento OCM.