Extremadura pide cambios en la norma estatal para permitir la quema de rastrojos

La Junta de Extremadura impulsará la modificación de la normativa estatal que prohíbe la quema de rastrojos para que se pueda utilizar ante plagas y disminuir el uso de fitosanitarios y herbicidas...

Restos quemas agrícolas ahora

La Junta de Extremadura impulsará ante los ministerios de Agricultura y de Transición Ecológica la modificación de la normativa estatal que prohíbe la quema de rastrojos para que se pueda utilizar este método natural ante plagas y disminuir con ello el uso de productos fitosanitarios y herbicidas.

El Ejecutivo regional ha hecho estas declaraciones después de que Apag Extremadura Asaja se haya concentrado este lunes a las puertas de la Consejería de Agricultura en Mérida para exigir que se flexibilicen los requisitos para recoger la cosecha de cereales de invierno y la quema de rastrojos por motivos fitosanitarios.

En una nota, la consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, Mercedes Morán, ha lamentado que la normativa nacional no permita la quema de ratrojos, ya que "no tiene sentido" que se exija a agricultores y ganaderos disminuir el uso de productos fitosanitarios y de herbicidas pero "tampoco se les deje luchar contra enfermedades y malas hierbas con métodos naturales como es la quema de rastrojos".

Ha señalado que la Consejería, "sensible" a las necesidades y peticiones de los agricultores a este respecto, ha incluido este año en la orden mediante la que se declara la época de peligro alto de incendios forestales la prohibición expresa de la quema de rastrojos, con la excepción de las que se autoricen en zonas de secano por motivos fitosanitarios.

Así, según se recoge en la orden, exclusivamente las organizaciones agrarias pueden solicitar esta autorización excepcional siempre que vaya acompañada de un informe pericial realizado por instituciones competentes o técnicos de reconocido prestigio.

Dicho informe, ha explicado la Junta en una nota, debe acreditar que no existen otros medios que no sean manifiestamente desproporcionados para evitar la propagación de plagas.

De este modo, ha indicado, las organizaciones agrarias "tienen la posibilidad de acogerse a esta excepcionalidad y pueden solicitarlo acreditando esa necesidad para que los agricultores de zonas de secano que lo necesiten puedan hacer quemas controladas".