El BOE publica las condiciones de seguros agrarios en olivar, frutos secos y frutales

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado sendas órdenes por las que se definen las condiciones de los seguros de explotaciones de frutos secos, nísperos y otros frutales y de explotaciones olivareras, comprendidos en el Plan de Seguros Agrarios Combinados....

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado sendas órdenes por las que se definen las condiciones de los seguros de explotaciones de frutos secos, nísperos y otros frutales y de explotaciones olivareras, comprendidos en el Plan de Seguros Agrarios Combinados.


Son tres publicaciones aprobadas el pasado 27 de julio por el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, y anunciadas este miércoles.

En estas se definen "los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios" de los seguros a solicitar.

Entre otros requisitos, establecen las condiciones de los cultivos y los sistemas de producción, los tipos de parcelas que reciben cobertura, los periodos de garantía y la documentación que se debe aportar.

Las órdenes se realizan en conformidad con la Ley 87/1978 de seguros agrarios combinados, con el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que la desarrolla, con el 41º Plan de Seguros Agrarios Combinados, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de noviembre de 2019, y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).