La Comisión Europea aprueba una modificación de las condiciones de la DOP Jumilla

La Comisión Europea ha aprobado una modificación del pliego de condiciones relativa a la Denominación de Origen Protegida (DOP) Jumilla que no afecta a sus elementos esenciales...

La Comisión Europea (CE) ha informado este martes de que ha aprobado una modificación del pliego de condiciones relativa a la Denominación de Origen Protegida (DOP) Jumilla que no afecta a sus elementos esenciales.

Según se detalla en el Diario Oficial de la Unión Europea (Doue) de esta jornada, la solicitud de aprobación de la modificación fue presentada por España y al no haberse presentado ninguna declaración de oposición de otro Estado miembro ha quedado aprobada.

La información publicada en el Doue no detalla cuál es la modificación, salvo que fue presentada en relación con el artículo 15 del Reglamento Delegado de la Unión Europea (UE) 2019/33.

Este artículo permite que se adopten en el seno del Estado miembro de la UE las modificaciones que no afecten a elementos esenciales del pliego de condiciones, con el fin adaptarse rápidamente a las exigencias del mercado sin verse penalizados por la duración y la complejidad de procedimientos burocráticos.

No obstante, a fin de proteger los intereses de terceros establecidos en Estados miembros distintos de aquel en que se producen los productos vitivinícolas, la CE debe seguir siendo responsable de la aprobación de las modificaciones que requieren un procedimiento de oposición a escala de la UE, como ha sido el caso.