La justicia europea da la razón a la multinacional Chiquita frente a la murciana Jara 2000

El Tribunal General de la Unión Europea ha anulado una resolución de la EUIPO favorable a la empresa de frutas murciana Jara 2000 frente a la gigante estadounidense Chiquita Brands...

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha anulado este miércoles una resolución de la Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO) favorable a la empresa de frutas murciana Jara 2000 frente a la gigante estadounidense Chiquita Brands.

Al anular la resolución, en su sentencia dictada hoy, la EUIPO deberá adoptar una nueva resolución sobre este conflicto de marcas: "Red Queen" de la empresa murciana Jara 2000 y "Chiquita Queen" de la multinacional estadounidense.

La corte, con sede en Luxemburgo, dictaminó que la EUIPO concluyó incorrectamente que había riesgo de confusión entre las marcas.

El Tribunal General señala que, a pesar del nivel de atención medio del público y de la identidad de los productos designados por las marcas, el grado de similitud entre estas no es lo suficientemente elevado como para poder considerar que el público de referencia vaya a creer que los productos de que se trata proceden de la misma empresa o de empresas vinculadas económicamente.

El caso se remonta a junio de 2019 cuando Chiquita Brands solicitó ante la EUIPO el registro como marca de la UE del signo denominativo "Chiquita Queen" para frutas frescas.

En septiembre de ese año, la empresa murciana Jara 2000 se opuso al registro de la marca respecto de dichos productos, sobre la base de que su marca "Red Queen" ya había sido registrada en 2008 para fruta fresca, su venta al por mayor y al por menor en tiendas y a través de Internet, así como su transporte, envasado, almacenamiento y distribución.

En agosto de 2021, la EUIPO dictaminó a favor de la empresa murciana y Chiquita Brands recurrió en octubre de ese mismo año, que volvió a desestimar la petición de la estadounidense dos meses más tarde al alegar que había un grado de similitud medio entre las dos marcas, que el público de referencia era el mismo y los productos también eran similares.

Chiquita Brands recurrió ante el Tribunal General la resolución de la EUIPO, que en su dictamen le dio la razón al considerar que la marca Chiquita ya goza de renombre en la Unión Europea en el sector de la fruta fresca y que el grado de confusión fonético, gráfico y conceptual entre las dos marcas deben considerarse escasas.