La Comunidad Valenciana autoriza del 80% de las solicitudes para quemas agrícolas

El Gobierno valenciano asegura que ha emitido ya 36 autorizaciones extraordinarias para quemas agrícolas individuales, dentro de los supuestos de flexibilidad...

La Conselleria de Justicia e Interior, en coordinación con la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca, asegura que ha emitido ya 36 autorizaciones extraordinarias para quemas agrícolas individuales, dentro de los supuestos de flexibilidad que permite la suspensión temporal adoptada recientemente debido al elevado riesgo de incendios forestales.

Según la Generalitat, hasta la fecha se han recibido 44 solicitudes y se han remitido 36 informes favorables a la quema desde el Servicio de Sanidad Vegetal de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca a la dirección general de Prevención de Incendios, es decir, el 81,1 "se ha agravado, aumentando el efecto de la sequía meteorológica debido a la ausencia de precipitaciones, en la humedad de la vegetación, que todavía es más baja", por lo que el riesgo de grandes incendios sigue vigente.

Esta suspensión no afecta a las parcelas ubicadas a más de 500 metros de distancia de terrenos forestales, que tal y como recoge del anexo VIII, del Decreto 91/2023 del reglamento forestal del reglamento Forestal de la Comunidad Valenciana.

Las mismas fuentes recuerdan que la resolución emitida el pasado del 15 de abril establecía las siguientes excepciones: las parcelas en las que se encuentren residuos agrícolas que deban ser eliminados por razones fitosanitarias mediante el empleo de fuego, y las parcelas en las que se arrancaron cultivos leñosos antes de la publicación de la resolución y estén pendiente de quema para la replantación o transformación.

Todas estas excepciones se están certificando tras la supervisión técnica coordinada entre la Conselleria de Justicia e Interior, en coordinación con la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Las solicitudes pueden presentarse en cualquier registro oficial, preferentemente en la Oficina Comarcal Agraria a la que pertenezca la explotación.